Es el momento de la economía social y cooperativa

Hablaré de economía social y cooperativa, en lugar de economía social y solidaria, pues me parece un término mucho más amplio al considerar también las empresas sociales con ánimo de lucro. Lo que, por un lado, facilita que pueda ser atractiva y aprovechada por muchos más sectores y personas y, por otro, al mismo tiempo impulsa los valores inherentes al cooperativismo: compromiso social, participación, equidad, libertad, control democrático, respeto por el entorno, independencia,…. Me parece un concepto mucho más aceptable para mucha más gente y por tanto más útil como instrumento de mejora social..

Tampoco quiero hablar sólo de economía social, pues, en ella se incluyen formalmente organizaciones que no comparten absolutamente ninguno de los valores que antes he mencionado.

La gran virtud de la economía social y cooperativa (ESC) es su libertad e independencia, que las cooperativas tienen entre sus principios, y creo que por ello posee una gran capacidad de atracción y influencia social. Considero un error estratégico encerrarse sobre sí misma promoviendo mercados cerrados y modelos que responden en el fondo a un planteamiento político romántico y reduccionista.

Al contrario, hoy es más oportuno que nunca desbordar los límites de la ESC, facilitando el acercamiento a aquellos sectores en los que ésta puede ofrecer soluciones a las necesidades de personas y colectivos que no encuentran alternativas realistas o están desilusionados con las soluciones de la economía convencional.

Hay que  difundir y ampliar la economía social y cooperativa proyectando su influencia en muchos campos en los que sus propuestas resultan atractivas y apropiadas.

El momento es ideal porque se combinan una serie de factores. La sociedad está más interesada y receptora que nunca en iniciativas que incorporen valores como la participación, la transparencia, la equidad y el bien común, como lo demuestra el auge de los movimientos sociales y las nuevas directrices de impulso de la economía social desde las administraciones de ciudades como Barcelona, Santa Coloma y Badalona, pero también Madrid, Cádiz y València, no es un fenómeno barcelonés. Los valores de la economía social y cooperativa son hoy más que nunca los valores de nuestra sociedad.

Y al mismo tiempo, vivimos desde hace un tiempo  una situación de exceso de liquidez y bajos tipos de interés. Esta situación tiene en algún sector una derivada nefasta, como la presión al alza del coste del alquiler y la vivienda en Barcelona por ser refugio de grandes fondos de inversión y el efecto llamada que provocan. Pero también está facilitando que la mirada de los inversores se amplíe a sectores hasta ahora fuera de su interés y que sus expectativas de retorno de la inversión se moderen. Hoy hay más inversores sociales que nunca dispuestos a invertir con nuevos instrumentos en las empresas sociales.

Si tradicionalmente en nuestro país la  financiación se ha realizado via bancaria, de forma casi exclusiva, cada vez hay más empresas que incorporan financiación no bancaria en sus inversiones. No es un problema de financiación, dinero hay, en los bancos y fuera de ellos. No hay más que observar el crecimiento y especialización de las plataformas de crowfunding, pero también la normalización de otros instrumentos como el préstamo participativo y la emisión de obligaciones cada vez más utilizados.

Quiero resaltar aquí, como un elemento importante, la puesta en marcha de FIARE BANCA ETICA, la banca ética y cooperativa por excelencia, que por fin opera con absoluta normalidad, ofreciendo a las empresas sociales toda la cartera de servicios que estas necesitan para desarrollar su actividad.

Pero, cómo podemos aprovechar la oportunidad para impulsar la economía social y cooperativa. Desde mi experiencia en el cooperativismo me permito apuntar algunas ideas, siempre pensando que la oportunidad y la responsabilidad ahora es ensanchar el ámbito de influencia.

  • En la universidad: creando espacios abiertos para el aprendizaje compartido, dando instrumentos para el conocimiento y desarrollo del emprendimiento colectivo. Impulsar estudios y análisis de experiencias de gestión comunitaria del bien común que puedan inspirar. Las empresas basadas en el conocimiento tienen características que, a priori, las hacen ideales para crear una cooperativa (baja inversión inicial, equidad, igualdad laboral), en cambio hace tiempo que se ha instalado el modelo de creación de empresa con el sólo objetivo de poderla vender en 3-4 años al mayor precio posible. Es un modelo perverso y especulador contra el que desde los estamentos adecuados debería promoverse otro basado en la estabilidad empresarial, la satisfacción de necesidades reales de la gente y la participación.
  • Desde el fomento institucional (federaciones, administración): normalizando la fórmula cooperativa como una alternativa apropiada para cualquier actividad, facilitando espacios i mecanismos de garantías, impulsando el concepto del liderazgo distribuido. Promoviendo experiencias referentes (vivienda social, vivienda intergeneracional, …), participando junto a los municipios en programas de cooperativización de las esferas social y económica.
  • Reivindicando las cooperativas de trabajo con ánimo de lucro, todas las empresas deben tener beneficios para poder realizar su objeto social de forma duradera. El reparto de los beneficios entre las socios trabajadores, después de dotar los fondos legales, es un instrumento ideal de democratización económica.
  • Para aquellos municipios en los que la participación es una seña de identidad podría impulsarse algún programa que facilitase la mejora del primer y más básico marco de participación como son las comunidades de vecinos, desgraciadamente un espacio en el que en las más de las ocasiones se genera frustración y absentismo.
  • Desde la FP: para los jóvenes: formación, experiencias, acompañamiento. Estableciendo convenios con las pimes del barrio, facilitando las prácticas empresariales y la primera experiencia laboral.
  • Desde las organizaciones empresariales: Impulsando programas de colectivización de la sucesión de la empresa familiar. Facilitando la presencia de los trabajadores en los consejos de administración, no desde una perspectiva sindical sino claramente empresarial, no se trata de defender los derechos de los trabajadores sino de defender la empresa porque los intereses de trabajadores y propiedad son los mismos, generar trabajo y riqueza a través de la realización de su objeto social, si no hay beneficio no habrá empresa, si no hay trabajadores tampoco, hay que reconocer que los tiempos en que el capital era el paradigma han cambiado, ahora somos las personas.
  • Las cooperativas de servicios en el pequeño comercio y de profesionales autónomos, son también buenas propuestas para facilitar la defensa ante los grandes, en un caso, y la mejora de los costes, en otro. El impulso de modelos en los que se promueva la participación y la equidad puede facilitar la estabilidad de estas iniciativas, que en otros países no son siquiera consideradas como economía social (caso de Francia).
  • Promoviendo la creación de instrumentos para la capitalización de las cooperativas y la construcción de equipamientos productivos.

“UNRISD reconoce la necesidad de integrar preocupación social, economía y medioambiente (leit motiv de la economía social i cooperativa) cuando se trata de la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la mujer, el desarrollo industrial” (Marguerite Mendell , Universitat de Concòrdia, Montreal ·Economia social: Evidència i motor de cambio del paradigma econòmico, URL, 15/10/15). Se constata el fracaso del paradigma que separa los problemas económicos y sociales.

“¿Qué capacidad tiene la economía social y cooperativa para responder a las necesidades y aspiraciones de los ciudadanos y de diseñar instrumentos  de desarrollo para cumplir con estos objetivos? (Margarite Mendell)”

La capacidad aumenta en las regiones donde es más que la suma de sus empresas, organizaciones y asociaciones, en la que se da un enfoque sistémico, en una constelación de redes, movimientos sociales, intermediarios locales y regionales, que trabajan juntos para crear instrumentos de desarrollo en las finanzas, el apoyo a las empresas, la formación, la investigación y la construcción de políticas públicas.

LOS 7 PECADOS CAPITALES DE LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS

Pecados capitales que muchos futuros empresarios cometen cuando se acercan a posibles inversores:

1- URGENCIA: “necesito el dinero ya!”

2- VANIDAD: “no necesito contrastar mi plan con nadie”

3- AMBICIÓN: “voy a cambiar el mundo”

4- AVARICIA: “ya he facturado 10.000.-€ y mi empresa vale 3,5 millones”

5- SOBERBIA: “mi proyecto es el mejor y no tengo que rendir cuentas a nadie”

6- DEPENDENCIA: “eres mi única alternativa”

7- DEBILIDAD: “me ha dicho que no invierte, abandono”

En próximas entregas repasaremos los 7 pecados capitales del inversor, que también los tienen sin duda alguna.

Barreres d’accés al finançament de les empreses socials

BARRERES D’ ACCÉS AL FINANÇAMENT DE L’EMPRENEDORIA I L’EMPRESA SOCIAL
ACLARIMENTS PREVIS

Aquest escrit va ser publicat l’octubre de 2011, però considere que encara és vigent en gran part o per a moltes organitzacions i, en conseqüència, ens pot orientar en les accions encaminades a superar aquestes barreres
Donem pers suposat que els projectes o empreses socials són tècnicament viables i tenen un bon equip i una estructura adequada per a portar-los a la pràctica i assolir els objectius socials i econòmics marcats.
Sense que el percentatges es puguin prendre literalment la ponderació en l’estudi dels projectes típicament pot ser:
• Idea de negoci:……………………15%
• Model de negoci:…………………30%
• Equip gestor:……………………….55%
Des de l’òptica de l’inversor, un bon equip pot transformar un mal negoci en un de rendible i resoldre els entrebancs que hi apareixeran amb la diligència i lleialtat pròpies un bon gestor. Mentre que si des de l’ inici es desconfia en la capacitat de l’equip gestor la inversió no es realitzarà.
Presento a continuació de forma esquemàtica i no exhaustiva alguns dels elements que dificulten el progrés d’un mercat d’inversions socials a casa nostra. En alguns casos ens assenyalen clarament la necessitat i la solució apropiada i depèn en gran mesura del nivell de compromís i d’acció comuna que s’emprengui des del propi moviment d’economia social, solidària i cooperativa, en d’altres casos cal la intervenció d’agents externs i caldran més recursos.
He fugit especialment de posicions victimistes, acusatòries o exculpatòries, per tal d’adoptar una posició relativament objectiva des de la que poder construir un mercat d’inversions socials, a partir de l’anàlisi de les mancances aflorades i les solucions que des del moviment es puguin adoptar.
He intentat agrupar aquests elements per facilitar la comprensió i el treball que se’n pugui derivar per resoldre’ls.
INFORMACIÓ
1. Informació asimètrica: els empresaris tenen més informació sobre els projectes empresarials que els prestamistes. La informació aportada per l’equip gestor no pot ser verificada de forma suficientment objectiva per part del prestamista.
2. Els dossiers d’inversió estan insuficientment preparats (incomplets, optimistes, sense coixins, deficient anàlisi DAFO,…), especialment en el cas de l’emprenedoria social. Les capacitats dels emprenedors són altres i no existeix cap estructura que faciliti la preparació d’un bon dossier.
3. Manca d’informació sobre el retorn social de la inversió, o avaluació d’impacte: ni la metodologia d’anàlisi del retorn ni l’avaluació de la implicació amb l’entorn compten amb el mínim consens per a poder disposar d’informació mínimament objectiva..
4. Confusió sobre la terminologia, no hi ha un lèxic unificat el que comporta malentesos.
5. Coneixement imperfecte sobre inversions existents: saber quantes són, quines característiques tenen, amb qui les ha fet, … sol ser difícil accedir a aquesta informació.
6. Manca d’informació o credibilitat sobre la política del Govern respecte del sector: els canvis freqüents o la indefinició poden afectar als negocis socials amb esquemes de col•laboració publica i privada.
COMPETÈNCIA IMPERFECTA
7. Elevats costos de transacció: les despeses de preparació i acompanyament per a la inversió, especialment en el cas de l’emprenedoria social, són massa grans en relació al volum de la inversió, per a molts dels inversors.
8. Manca de casos de referència coneguts per establir costos estàndards, cada cas es converteix en un cas únic.
9. Inexistència de consultors/brokers socials que puguin assessors a inversors i empresaris a l’hora.
10. Inexistència de mercat secundari, especialment important per facilitar la sortida o el recanvi dels inversors.
11. Eliminació artificial de la demanda, aquesta pot ser derivada cap a donacions, ajuts o capital “gratuit”.
12. Existència de diferents models de posada en marxa per part de les diferents administracions (Govern, ajuntaments, diputacions).
13. Manca de productes adaptats a les característiques pròpies dels projectes socials. Normalment amb marges ajustats, amb una capacitat de generació de fons baixa en relació als estàndards a que estan acostumat el sector financer tradicional.
14. Les entitats financeres convencionals tenen metodologies d’anàlisi no adaptades a les característiques dels projectes de les empreses socials. Per exemple, l’anàlisi fet des de les societats de capital d’empreses no capitalistes, com les cooperatives, pondera quasi exclusivament la generació de benefici econòmic i en particular no te en compte, o fins i tot considera com negatiu: una propietat col•lectiva, distribuïda, sense majories clares i estables; però tampoc es valora el procés de control democràtic, ni la producció de bens i serveis socialment útils.
15. Però el principal escull és la separació que es dona entre poder polític i econòmic. Podem dir que la presència de societats de capital disposades a participar de forma important en empreses sense poder polític equivalent és encara insignificant.
16. El model de negoci típic de l’inversor de capital risc no s’adapta als objectius i característiques de les empreses socials.
EXTERNALITATS
17. Els negocis socials estan subjectes a externalitats que no s’inclouen en els preus: no existeix un mecanisme comunament acceptat de mesurar i valoritzar el retorn social; alguns beneficis socials poden ser a molt llarg termini i per tant difícils d’incorporar; en alguns casos els estalvis induïts poden ser desfruitats per tercers i no poden ser capturats per l’inversor.
18. La manca d’informació objectiva sobre els costos associats a determinats serveis o situacions dificulta l’aparició de propostes basades en els estalvis compartits. Per exemple, en l’àmbit dels costos de la delinqüència i la reincidència entre els joves menors de 30 anys. O els costos associats amb el canvi climàtic són difícils de calcular.
19. Alguns negocis tenen una part important dels ingressos depenent d’ajuts públics. No ens referim a convenis o concerts per a la prestació de serveis o subministres en general amb l’administració sinó als ajuts públics a determinats sectors que depenen en darrera instància del manteniment d’un model, d’una voluntat política i des de l’òptica de l’inversor a llarg termini introdueix incertesa.
20. Legislació complexa i antiquada. Per exemple, en el cas de les cooperatives on les competències estan descentralitzades i existeixen més de 10 legislacions autonòmiques diferents amb algunes particularment pesants i limitadores, i amb una llei de beneficis fiscals que ja te 30 anys.
21. Fragmentació i inestabilitat de recursos i capacitats, especialment en el cas de les diferents administracions. El que dificulta l’aparició d’un sistema estable de capacitació, acompanyament, finançament i avaluació de projectes.
22. Inexistència de models per a l’escalabilitat de les innovacions socials. Les estructures d’adquisició de bens i serveis sigui de l’administració o no, no estan adaptades a les característiques dels projectes d’innovació social.
23. La innovació social, les empreses socials, l’emprenedoria social, està fragmentada i no existeix una xarxa desenvolupada capaç de defensar, intermediar i fer créixer les conexions necessàries per a nodrir i esclar les innovacions socials.
BARRERES CULTURALS
24. Manca d’habilitats empresarials entre els emprenedors socials. Especialment en l’àmbit de la gestió financera i de la gestió comercial. Focalitzats quasi exclusivament en resoldre el “problema”/oportunitat” social.
25. Aversió al risc entre els emprenedors socials. Traduït, per exemple, com aversió als compromisos derivats de l’endeutament extern, o l’aportació de garanties personals.
26. Aversió al risc entre el inversors, especialment entre els “convencionals”, el que suposa que hi hagi pocs inversors disposats i que el volum de finançament disponible sigui baix.
27. Els criteris d’avaluació són els mateixos que s’apliquen al capital risc, quan en realitat en moltes empreses socials el compromís dels socis/emprenedors, la qualitat de la vida associativa i l’arrelament fan que el risc real sigui menor que el percebut per un in versors convencional.
28. Manca de comprensió, especialment per part de l’administració, del què és una empresa social: la majoria de la gent pensa que no pot tenir beneficis, per exemple, o que sols són les organitzacions sense ànim de lucre. Aquesta disjuntiva també es dona dins mateix de l’àmbit de la pròpia economia social i solidària.
REFERÈNCIES
• “Growing the social Investement Market: A vision and strategy” UK Government, February 2011).
• “Empowering people, driving change: Social innovation in European Union” (May 2010)

Gracias FIARE BANCA ETICA

Si, hay que reconocerlo, gracias FIARE BANCA ETICA, aunque haya quedado relegado como un actor minoritario, el programa CAPITALCOOP, de ayudas para la capitalización de las cooperativas catalanas, se lo debemos a FIARE BANCA ETICA.

BANCA POPOLARE ETICA fue quien inspiró el proyecto, fruto de una colaboración con FINLOMABARDA, el equivalente en Lombardia de nuestro ICF, y con el FSE. El programa CAPITALCOOP es una traslación adaptada a nuestras circunstancias administrativas de aquel programa, que estaba dirigido, y así nació también aquí, sólo a las cooperativas de iniciativa social y cuyo éxito posibilitó que más de 3.000 personas y más de 1.000 cooperativas pudieran mejorar su solvencia en condiciones inmejorables, impulsando la estabilidad de los puestos de trabajo creados para los socios nuevos.

Produce una cierta pena ver como el inspirador y quien ha aportado todo el conocimiento, queda relegado a un segundo plano y, además lo acepta con resignación y humildad, lo que todavía dice mucho más de FIARE BANCA ETICA.

Como mínimo, quiero desde estas páginas reconocer y agradecer el trabajo de FIARE BANCA ETICA para poner en marcha CAPITALCOOP, aunque sólo sea honor y gloria se lo merecen más que nadie.

Una dirección financiera compartida

Desde mi experiencia en la dirección de la sociedad GICOOP, dedicada a la financiación de cooperativas mediante préstamos y títulos participativos, existe una necesidad de las empresas que la mayoría de ellas no percibe, pero que a ojos de una entidad financiera es perentoria, una dirección financiera estable.

Es una necesidad general de las pequeñas empresas relacionada con la mayor complejidad derivada del propio desarrollo empresarial y del entorno, y no está relacionada con la fórmula societaria.

Resultat d'imatges de dinero

Nos hemos encontrado con empresas que apenas llevan ningún control de la tesorería. Otra ha imputado como gasto la compra de maquinaria. En otra se modifican los criterios de amortización a conveniencia o se contabilizan a precio de coste como existencias productos obsoletos.

Y cuando las empresas han de presentar una solicitud de nueva financiación que exige un dossier financiero con las proyecciones de balance, cuentas de resultados y flujo de caja la cosa se soluciona acudiendo, en el mejor de los casos, a un consultor para que nos ayude.

En este último ejemplo real, lo que suele ocurrir es que la empresa no asume el plan de negocio o dossier financiero como propio, como un instrumento útil de trabajo, sino únicamente como un requisito formal para acceder a la financiación.

Todas las situaciones anteriores quedarían resueltas con la existencia de una dirección financiera estable.

¿Cómo hacer que las empresas visualicen esta necesidad? ¿Y cómo hacer que reconozcan el valor de su trabajo? ?Qué características debe tener?

Para las pequeñas empresas no es justificable tener una dirección financiera (o comercial) a tiempo completo, eso está claro.

Resultat d'imatges de compartir

Pero, ¿Y si compartimos la dirección financiera? Una dedicación media de un dia a la semana de una dirección financiera experta es suficiente para la mayoría de las pequeñas empresas y su coste se comparte con otras y todas se benefician.
En el caso de las cooperativas las entidades representativas podrían poner en marcha programas de impulso de este tipo de soluciones estables. Algunas empresas como Sambucus, Delícies del Bergadà, El Rosal y Espigoladors han empezado a compartir un comercial. Nos muestran el camino

Por qué no hacemos buenas presentaciones?

Hace unos días tuve la oportunidad de tener una sesión con un grupo de empresas para revisar sus presentaciones en power point. El objetivo era aportar la visión del público para señalar elementos de mejora, que en lo fundamental ayudaran a la comprensión del mensaje.

La primera impresión fue de absoluto desastre, en general y salvo 2 presentaciones de 10 en total. Cuales fueron los principales defectos observados:

Demasiadas diapositivas
Cuánto tiempo tenemos? Hemos ensayado? 30 diapositivas en diez minutos es un buen ejercicio físico pero una cruz para el público, que probablemente acabe sin saber de qué iba la cosa. Debemos tener un respeto para con el resto de presentaciones y sobretodo para con la audiencia. No debemos cansar a nuestro público, a menos que no nos importe que desconecten.

Demasiado texto
La presentación en ppt es básicamente visual. En cambio hay la tendencia a usar las diapositivas como unos apuntes donde los ponemos todo, para que nada se olvide. Lo más difícil es sintetizar, extraer en una frase el mensaje que queremos transmitir y construir en base a frases simple un discurso que impacte. Pero debemos intentarlo.

Letra pequeña
Esto es consecuencia del punto anterior, pero es un hecho que la mayoría de las presentaciones no pueden leerse más allá de las primeras filas.

Contraste deficitario
la combinación de algunos colores produce efectos ópticos que emborronan el texto, cuidado con las combinaciones llamativas pretendiendo ser original (verde pistacho sobre amarillo!!)

Pocas imágenes
Una imagen vale más que mil palabras, es cierto, vale la pena invertir tiempo navegando por internet hasta encontrar una imagen que transmita lo que queremos.

Texto sin resaltar
Una imagen con una frase bien escogida nos asegura la atención del público. Es mejor poner un titular y explicar con nuestra voz, eso nos debería asegurar la atención.

Tablas con muchos números
Lo mismo que con el texto, pero peor todavía. Pocos números y que aporten significado. Aunque pierda rigor se gana en comprensión, que es el objetivo.

Para ejemplos de buenas presentaciones ver, por ejemplo, las usadas en este artículo extraidas de http://www.mandomando.com

Emisión de valores negociables por cooperativas

Muchas sociedades anónimas, cotizadas y no, utilizan la emisión de valores negociables (pagarés, obligaciones, títulos,…) como una forma alternativa de financiarse. En este artículo intentaré dar respuesta a por qué son poco utilizadas las emisiones de deuda por las empresas no anónimas, quien las puede utilizar y cómo puede hacerlo.

Este trabajo no habría sido posible sin el desarrollo jurídico y procedimental realizado por Lluis Ahicart del despacho Zayas & Ahicart.“…..

EMISIÓN DE VALORES NEGOCIABLES: OBLIGACIONES I TÍTULOS PARTICIPATIVOS

“No obstante, la emisión de obligaciones simples o con garantía real, hipotecaria o pignoraticia por asociaciones y otras entidades o personas jurídicas, que no hayan adoptado la forma de anónimas, carece de normas adecuadas y suficientes……

….

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,

DISPONGO

Artículo primero….

………………………..

Dada en el Palacio de El Pardo a veinticuatro de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO”

He reproducido fielmente parte del encabezado y el final de la Ley 211 de 1964, que hasta hace muy poco regulaba las emisiones de obligaciones simples o con garantía real, hipotecaria o pignoraticia para las sociedades que no tienen la forma de anónimas.

Las sociedades anónimas han sido objeto de regulación detallada y continuada, pero en lo relativo a la emisión de obligaciones es especialmente relevante la Ley de sociedades de capital (Real Decreto 1/2010, artículos 401 y siguientes) y la Ley 24/1988 del Mercado de Valores, la Ley 5/1999 y la Ley 5/2015.

De acuerdo con esta legislación vigente se consideran valores negociables:

  • Las acciones de sociedades y los valores negociables equivalentes a las acciones, así como cualquier otro tipo de valores negociables que den derecho a adquirir acciones o valores equivalentes a las acciones, para su conversión o para el ejercicio de los derechos que le sean conferidos.
  • Los bonos, obligaciones i otros valores análogos, representativos de parte de una deuda, incluidos los convertibles o cambiables. 
  • Las cédulas, bonos y participaciones hipotecarias.
  • Las participaciones preferentes.
  • Las cédulas territoriales. 
  • Los “warrants” demás valores negociables derivados que confieren el derecho a adquirir o vender cualquier otro valor negociable,
  • …….

En general los instrumentos utilizados para formalizar la emisión de deuda por las empresas son instrumentos subordinados. Los instrumentos financieros subordinados son aquellos que, en caso de quiebra y posterior liquidación de la empresa, se pagará a los tenedores de los títulos después de pagar todas las deudas ordinarias, su orden de prelación se sitúa por detrás de todos los acreedores ordinarios y justo antes que los socios propietarios. Esto normalmente implica que los poseedores de deuda subordinada sacrifican capacidad de cobro a cambio de rendimiento financiero.

El título participativo es un tipo de valor negociable que puede constituir y crear una deuda en las empresas mediante la emisión de series numeradas de ellos. Es una modalidad de financiación ajena. El poseedor del derecho de cobro de la deuda, formalmente acreditado mediante un título físico y/o una anotación contable, es generalmente ajeno a la empresa (los propios socios, familiares, trabajadores o público en general).

En este sentido, Los títulos participativos son un instrumento complejo, flexible, alternativo y de riesgo , por lo que debe ser utilizado conforme a la legislación vigente y con la debida prudencia, conocimiento y transparencia por parte de las empresas emisoras.

Emisiones garantizadas

Las obligaciones i títulos participativos simples son “riesgo empresa” no tienen asociada una garantía real, hipotecaria o pignoraticia. Pero podrían tenerla si así lo define el acuerdo de emisión.

Una emisión de títulos (u obligaciones) puede estar garantizada por:

  • Una hipoteca mobiliaria o inmobiliaria.
  • Con la garantía del Estado, comunidad autónoma, provincia o municipio.
  • Por prenda de valores, con o sin desplazamiento.
  • Con aval solidario de una entidad de crédito.
  • Con aval solidario de una sociedad de garantía recíproca inscrita en Registro del Ministerio de Economía y Hacienda.

QUIEN PUEDE EMITIR VALORES NEGOCIABLES

La ley de sociedades de Capital, en su texto refundido del Real Decreto 1/2010, artículo 401, establece que “La sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones pueden emitir series numeradas de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen una deuda”.

Y en el artículo 402, excluye a las sociedades de responsabilidad limitada, cuando dice: “La sociedad de responsabilidad limitada no podrá acordar ni garantizar la emisión de obligaciones u otros valores negociables agrupados en emisiones”.

La Llei de cooperatives catalana 18/2002 de 5 de juliol, a l’artículo 62 apartados 2 i 3, prevé la posibilidad de que las cooperativas puedan emitir títulos participativos y participaciones especiales que tendrán la consideración de deuda subordinada. Esta Ley más la Ley 211/1964 amparan la legitimidad de las cooperativas para realizar emisiones de valores numerados y negociables.

En conclusión, en Catalunya además de las sociedades anónimas, las sociedades comanditarias por acciones, también las sociedades cooperativas pueden emitir valores negociables, como las obligaciones o los títulos participativos. En otras comunidades autónomas queda sujeta esta potencialidad a que la ley de cooperativas autonómica contemple la posibilidad de emisión.

Compromisos TEB, estalvi cooperatiu

Estamos ante un muy útil instrumento financiero alternativo al crédito bancario que debe ser utilizado con prudencia, conocimiento y ética extremas por parte de las empresas y sus responsables. Ya hemos visto recientemente que las malas prácticas empresariales en la emisión de deuda subordinada (caso de las “preferentes”) puede dañar seriamente el entorno de confianza de las empresas.

REQUERIMIENTOS DE LAS EMISIONES

Las emisiones de obligaciones y títulos participativos para ser legítimos y exigibles han de un conjunto de requerimientos legales, algunos como los que se citan a continuación como más importantes:

  • El total de emisiones vivas no puede ser superior al valor de capital social y reservas de la empresa.
  • Si se trata de una emisión dirigida al público ha de haber una entidad independiente que preste el servicio de colocación y se ha de ceñir a las normas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
  • El acuerdo con las características de la emisión se ha de elevar a público y inscribir en el Registro Mercantil.
  • La emisión de obligaciones y títulos participativos por las cooperativas es competencia de la Junta o Asamblea General.

El acuerdo de emisión ha de definir las características de ésta y de los títulos, por ejemplo:

  • El importe de la emisión.
  • El valor nominal de cada título.
  • El vencimiento.
  • La remuneración, fija o variable.
  • El derecho o no de asistencia a la Asamblea General
  • Si es un título nominal o al portador.
  • Si son o no garantizados.
  • Si son títulos u obligaciones convertibles.
  • Si la empresa se reserva el derecho de amortizar anticipadamente la emisión.

Sólo en el caso de que el acuerdo de emisión establezca que los títulos participativos son a perpetuidad y la remuneración no es fija se considerarán parte del Patrimonio Neto. En cualquier otro supuesto se considerarán un pasivo exigible de carácter subordinado (como los préstamos participativos).

Si la emisión va destinada al público en general, deberá solicitarse a la CNMV que regule aspectos claves de la emisión y comercialización para proteger los inversores u obligacionistas (especialmente después de algún caso sonado como Nueva Rumasa o “las preferentes”).

A diferencia de las obligaciones, el título participativo permite transmitir al inversor una parte del aumento de valor de la empresa mediante la participación en el resultado.

A diferencia del préstamo participativo, el título participativo se amortiza a la fecha que determine la empresa y fijada en la emisión.

Los valores negociables no conllevan derechos políticos pero si de información, es decir, los poseedores (obligacionistas) de títulos participativos u obligaciones  NO tienen derecho a voto, pero la cooperativa puede regular, si le interesa, que puedan asistir con voz a la Asamblea General. Si los obligacionistas no tienen derecho de asistencia a la Asamblea General deberá constituirse el correspondiente sindicato de obligacionistas.

CONCLUSIONES

Hemos descrito un instrumento de financiación ajena con mucho potencial que ha sido històricamente poco aprovechado por las empresas cooperativas.

Hemos indicado la legislación aplicable, los requerimientos y quien y cómo se puede utilizar legítimamente este instrumento. Con los requerimiento escrupulosamente cumplidos se pueden emitir series de títulos participativos legítimos y exigibles.

Ha quedado claro que sólo las sociedades anónimas, las sociedades comanditarias por acciones y las cooperativas pueden emitir series de valores negociables conformes a ley.

En cualquier caso ,dados los recientes cambios aconsejo acudir a un despacho especializado y consultar la nueva ley 5/2015 de 27 de abril sobre financiación empresarial.

Sólo me queda animar a las empresas cooperativas a aprender a utilizar este tipo de instrumentos complejos, que pueden favorecer una financiación alternativa y al mismo tiempo un anclaje de la empresa entre su entorno más estable, comprometido y amplio.